Normativa sobre bolsas de plástico

Normativa sobre bolsas de plástico

  • Escrito por: admin
  • Publicado en: Bolsas Personalizadas
  • Fecha de creación: 2019-10-17
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Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo de 2018, sobre reducción del consumo de
bolsas de plástico.

Este Real Decreto tiene como objeto adoptar medidas para reducir el consumo de
bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos
adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico producen en
el medio ambiente. Asimismo, tiene por objeto evitar la pérdida de recursos
materiales y económicos que supone el abandono de las bolsas de plástico y su
dispersión en el medio ambiente.
Por tanto, según se establece en el Real Decreto, desde el 1 de julio de 2018,
será obligatorio cobrar al consumidor por las bolsas de plástico en los
establecimientos salvo determinados casos. Esta medida se adopta con el fin de
evitar el malgasto de uso de bolsas de plástico en los clientes.
¿Qué tipos de bolsa existen y cuáles están exentos de ser cobrados al cliente?
1. Bolsas de plástico muy ligeras: Son aquellas bolsas en las que su
espesor es inferior a 15 micras. Son bolsas utilizadas normalmente para
transportar la fruta o la verdura en las tiendas y supermercados.
2. Bolsas de plástico ligeras: Son las bolsas que tienen un espesor
inferior a 50 micras. Son conocidas por ser las bolsas mas comunes de
los supermercados.
3. Bolsas de plástico gruesas. Son aquellas que tienen un espesor superior
a 50 micras. Suelen ser bolsas utilizadas en tiendas de ropa.
Según establece el Real Decreto, se prohíbe la entrega gratuita a los
consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o
productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas
de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o
mayor al 70% de plástico reciclado.
Esto nos informa de que todas aquellas bolsas que son utilizadas para
productos de higiene como fruta o pescado están exentas de ser cobradas al

consumidor, es decir, las bolsas de plástico muy ligeras. También, estarán
exentas de ser cobradas las bolsas de plástico gruesas.
Por tanto, las bolsas más utilizadas comúnmente en supermercados y
establecimientos son las que a partir del 1 de julio de 2018 empezarán a
cobrarse al cliente.


¿QUÉ PRECIO SE LE COBRARÁ AL CONSUMIDOR POR LAS BOLSAS DE PLÁSTICO?
El Real Decreto no establece un precio fijo al que se deban vender las bolsas
de plástico a los consumidores pero sí establece una tabla con recomendaciones
del precio a fijar.
● Bolsas de plástico compostables
○ Bolsas de plástico con espesor inferior a 15 micras: gratis solo
si se usan por higiene o como envase de alimentos a granel.
○ Bolsas de plástico con espesor inferior a 15 micras para resto de
usos: 5 céntimos de euro.
○ Bolsas de plástico con espesor entre 15 y 29 micras: 5 céntimos de
euro.
○ Bolsas de plástico con espesor igual o superior a 30 micras: 10
céntimos de euro
● Bolsas de plástico no compostables
○ Bolsas de plástico con espesor inferior a 15 micras: gratis solo
si se usan por higiene o como envase para alimentos a granel.
○ Bolsas de plástico con espesor inferior a 15 micras destinadas al
resto de productos: 10 céntimos de euro.
○ Bolsas de plástico con espesor entre 15 y 29 micras: 10 céntimos
de euro.
○ Bolsas de plástico con espesor igual o superior a 30 micras: 15
céntimos de euro.
● Bolsas de plástico oxodegradables
○ Bolsas con un espesor igual o superior a 50 micras: 30 céntimos de
euro por bolsa.

Nueva fabricación de las bolsas de plástico
Así como a partir del 1 de julio de 2018, la gran mayoría de bolsas de
plástico no podrán ser gratuitas para el consumidor, el fabricante también
tendrá que hacer un esfuerzo. Queda prohibida la fabricación de bolsas de
plástico oxodegradables con un espesor inferior a 50 mm. Además, los
fabricantes estarán obligados a marcar las bolsas, para que el consumidor sepa
que tipo de bolsa de plástico esta utilizando y como poder reciclarla de forma
correcta.

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